Dictamen nº 53671 de Contraloría General de la República, de 3 de Julio de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 577577438

Dictamen nº 53671 de Contraloría General de la República, de 3 de Julio de 2015

N° 53.671 Fecha : 03-VII-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Ricardo Marín Tapia, exonerado político, afiliado al sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, para solicitar que se le confiera una pensión no contributiva.

Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 4° de la ley N° 19.234, dispone que los exonerados políticos podrán obtener un abono de tiempo, por gracia, de 6, 4 o 3 meses de cotizaciones o servicios computables, dependiendo de la fecha del respectivo cese, por cada año de cotizaciones que tuvieren registradas a la fecha de su desvinculación, en cualquiera institución de previsión, con las limitaciones temporales que indica, el cual -según se desprende de su presentación-, le fue otorgado, y luego depositado en su cuenta individual como bono de reconocimiento complementario, en atención al artículo 5°, N° 2, de esa ley.

Por su parte, el artículo 16 del citado texto legal, establece que las pensiones no contributivas a que aluden los artículos 6° y 15 de dicha ley, son incompatibles con cualquiera otra prestación proveniente de los regímenes previsionales, que hayan obtenido o a que puedan tener derecho los peticionarios, con excepción de las concedidas de acuerdo con el decreto ley N° 3.500, de 1980, y lo serán igualmente, con el otorgamiento de bonos de reconocimiento a que se refiere esta última normativa, sin perjuicio del derecho a opción a que hubiere lugar entre ambos.

Al respecto, la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora contenida, entre otros, en los dictámenes N°s 20.088, de 2011; 60.902, de 2013 y 85.464, de 2014, ha establecido que la ley N° 19.234 permite escoger entre la pensión no...

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