Dictamen nº 52957 de Contraloría General de la República, de 15 de Julio de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 645753501

Dictamen nº 52957 de Contraloría General de la República, de 15 de Julio de 2016

N° 52.957 Fecha: 15-VII-2016

Esta Contraloría General, al haber tomado conocimiento -a través de un reportaje efectuado por un medio de comunicación- de una eventual filtración de antecedentes sensibles de pacientes que se atienden en la red asistencial pública de salud, solicitó al Ministerio de Salud que informara acerca de esa situación y sobre las medidas adoptadas para su prevención futura.

Por su parte, la señora Romina Garrido Iglesias, a nombre de la Fundación Datos Protegidos, requirió a esta Entidad de Fiscalización un pronunciamiento en relación con la vulneración normativa que tal situación significó y las consecuentes responsabilidades funcionarias derivadas de la misma. Precisó que una falla de seguridad del sistema informático del mencionado ministerio habría permitido que desde cualquier computador o servidor de esa secretaría de Estado, de los Servicios de Salud y de los establecimientos de atención primaria de salud municipal, se accediera, sin ninguna clave, a carpetas compartidas que contenían datos sensibles de pacientes.

El Ministerio de Salud manifestó que, en forma previa a que se efectuara la mencionada publicación, fue informado por los respectivos periodistas acerca de la situación denunciada, por lo que adoptó de inmediato las medidas correctivas en orden a “bloquear el acceso de todas las carpetas compartidas del Sector en uso dentro de la red computacional”, aclarando a la opinión pública, mediante un comunicado, “que la información existente en las fichas clínicas de pacientes atendidos en la red pública de salud no se vio expuesta ni vulnerada”.

Agrega que entre las acciones que ha desarrollado se encuentran: la reiteración al sector público de salud de las instrucciones en materia de seguridad de la información; la separación de su respectivo cargo de la jefatura de la unidad de gestión sectorial de tecnologías de la información y comunicación; la instrucción a los directores de los Servicios de Salud de incoar procedimientos sumariales sobre la materia; el inicio por parte de la Subsecretaría de Salud Pública de procesos disciplinarios respecto del personal del nivel central y las secretarías regionales ministeriales; la solicitud a la empresa proveedora del servicio informático en orden a dar cuenta del estado actual de seguridad del mismo, en relación con las condiciones contratadas; y, el estudio sobre el cumplimiento de dicho contrato por la contraparte.

Sobre el particular, cumple con señalar que...

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