Dictamen nº 48221 de Contraloría General de la República, de 30 de Junio de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 645373213

Dictamen nº 48221 de Contraloría General de la República, de 30 de Junio de 2016

N° 48.221 Fecha: 30-VI-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Claudia Hurtado Garay, funcionaria del Hospital del Salvador, reclamando en contra del descuento que ese centro de salud ordenará en sus remuneraciones, en razón de una licencia médica que se le concedió, y que habría sido rechazada ya que la afección que la motivaba era de origen laboral.

Al respecto, la interesada afirma que, en su concepto, correspondía a su empleador tramitar dicho reposo ante la Asociación Chilena de Seguridad, obligación que no cumplió, agregando que, además, ese hospital habría extraviado el documento original de su licencia médica, que le fue remitido por su institución de salud previsional.

Requerido de informe, el referido centro asistencial manifestó que no recibió la citada licencia, sino que únicamente copia de la resolución que dispuso su rechazo.

Sobre el particular, es útil anotar que el artículo 72 de la ley N° 18.834, establece que por el tiempo durante el cual no se hubiere efectivamente trabajado no podrán percibirse rentas, salvo que se trate, entre otros motivos, de licencias médicas.

Ahora bien, considerando que en la especie la recurrente no contaría con una licencia autorizada, que justifique su ausencia en el periodo que indica, procede colegir que el eventual descuento por este concepto se ajustaría a derecho.

Sin perjuicio de lo anterior, en relación a las alegaciones de la...

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