Dictamen nº 44257 de Contraloría General de la República, de 18 de Junio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548964382

Dictamen nº 44257 de Contraloría General de la República, de 18 de Junio de 2014

N° 44.257 Fecha: 18-VI-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Maria Cecilia Millán González, funcionaria del Hospital El Pino, para reclamar que no tuvo la posibilidad de apelar del fallo de la Junta Calificadora, pues éste no le habría sido notificado oportunamente.

En su informe, el citado organismo expuso que a la interesada se le envió una carta certificada para que tomara conocimiento de su evaluación, reconociendo que ello ocurrió de manera tardía.

Como cuestión previa, es necesario precisar que el artículo 30 del decreto N° 1.229, de 1992, del ex Ministerio del Interior -aplicable en la especie-, dispone que la notificación de la resolución de la Junta Calificadora deberá realizarse dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de la última sesión de calificaciones, agregando que ella se practicará al empleado por el secretario de la Junta o por el funcionario que ésta designe, quien deberá entregar copia autorizada del acuerdo del órgano evaluador y exigir la firma de aquel o dejar constancia de su negativa a firmar.

Ahora bien, en los antecedentes acompañados, aparece que a la recurrente sólo se le remitió una carta certificada informándole acerca de su calificación, una vez vencido el término referido.

Precisado lo anterior, es dable anotar que acorde con lo sostenido por el dictamen N° 25.029, de 2012, de este origen, si bien los plazos conferidos a la Administración para realizar ciertas actuaciones no revisten el carácter de fatales, de modo que pueden cumplirse en una oportunidad posterior, en la documentación tenida a la vista no consta que la...

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