Dictamen nº 42671 de Contraloría General de la República, de 9 de Junio de 2016
N° 42.671 Fecha: 09-VI-2016
Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Carlos Alberto Sepúlveda Mora, exfuncionario del Ejército, reclamando por el incumplimiento del dictamen N° 5.824, de 2016, de este origen.
Como cuestión previa, cabe recordar que en dicho pronunciamiento se señaló que esa institución castrense tenía que verificar la data de recepción del oficio del Comandante del Regimiento en el que se desempeñaba el recurrente -remitido por carta certificada-, por medio del cual se le informaba sobre la reducción de su licencia médica y de la fecha en que debía reintegrarse a sus labores, pues si tal comunicación se hubiere producido con posterioridad al término de aquella licencia -16 de septiembre de 2015-, correspondía, por las razones expresadas en el referido dictamen, que se invalidara la resolución que lo sancionó con el licenciamiento del servicio.
Requerido al efecto, el Ejército manifestó, en síntesis, que el señor Sepúlveda Mora fue notificado de la aludida carta, con anterioridad a la reseñada data, por lo que no procedería dejar sin efecto el mencionado castigo.
Al respecto, es útil reiterar, de conformidad con lo establecido en el artículo 46, inciso segundo, de la ley N° 19.880, que las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la pertinente oficina de correos, la que, según se expresó en el dictamen N° 24.387, de 2014, de este origen, entre otros, es la del domicilio del afectado.
En este contexto, se debe consignar que esta Entidad Fiscalizadora, en su dictamen N° 96.249, de 2014, entre otros, sostuvo que el citado precepto contiene una presunción de conocimiento de la notificación de un...
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