Dictamen nº 40964 de Contraloría General de la República, de 3 de Junio de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 645374345

Dictamen nº 40964 de Contraloría General de la República, de 3 de Junio de 2016

N° 40.964 Fecha: 03-VI-2016

El Director (s) del Departamento Administrativo de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) requiere un pronunciamiento que determine si los gastos de movilización pagados en moneda distinta al dólar por quienes desempeñan comisiones en el extranjero, pueden ser reembolsados según el tipo de cambio vigente a la época de su reintegro, de acuerdo con el artículo 17 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, que Fija Procedimientos sobre Rendición de Cuentas.

Explica que los gastos de transporte son cubiertos con recursos propios del funcionario que desempeña una comisión de servicio en el exterior, y que DIRECON posteriormente los restituye en dólares, pero que es difícil determinar el tipo de cambio existente a la fecha de cada traslado debido a que muchos de los documentos de respaldo no consignan esa información, por lo cual propone considerar únicamente el vigente a la época en que se exige su reembolso.

Requerido su informe, la Dirección de Presupuestos señala que el tipo de cambio vigente a la fecha de inicio de la comisión le parece más representativo del valor económico de tales gastos que la alternativa propuesta por DIRECON.

Al respecto, las sucesivas leyes de presupuestos del sector público, incluyendo la N° 20.882, vigente para la presente anualidad, han contemplado la existencia de presupuesto en dólares en los Programas 01 y 02 de DIRECON, para el pago de viáticos y gastos de traslado en el exterior.

Por su parte, el párrafo 5°, sobre “Rendición de Gastos Efectuados en el Extranjero”, de la enunciada resolución N° 30, de 2015, previene en su artículo 17 que “Para los efectos de este párrafo, cuando corresponda determinar el valor del tipo de cambio, se estará a aquel vigente al momento de realizarse la respectiva operación”.

Pues bien, acorde con dicho precepto, esta Contraloría General entiende que en la situación consultada, la valorización del total de los gastos de transporte debe realizarse según el tipo de cambio vigente al momento en que el funcionario realizó la operación de adquisición de las divisas distintas del dólar, debiendo, para tal efecto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR