Dictamen nº 40116 de Contraloría General de la República, de 5 de Junio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548991978

Dictamen nº 40116 de Contraloría General de la República, de 5 de Junio de 2014

N° 40.116 Fecha: 05-VI-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Tomás Domínguez Balmaceda, solicitando se fiscalice el cumplimiento de la normativa internacional sobre patrimonio por parte del Consejo de Monumentos Nacionales, CMN, toda vez que esta entidad rechazó su petición de incorporar el Monumento Nacional Casco Histórico del Cementerio General en la Lista Tentativa de los Bienes Culturales de Chile, que presenta el Estado para postular a la Lista del Patrimonio Mundial, en el marco de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, suscrita en la Conferencia General de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, de 1972, con la especificación de que tal monumento se inscribiera en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro, a fin de priorizar su cuidado y asignación de recursos.

Expresa el recurrente, que mediante presentación efectuada el 22 de junio de 2012, solicitó al Ministro de Educación que realizara la referida postulación, en la que, según estima, se cumplirían cinco de los seis criterios de evaluación aplicados por la UNESCO para determinar el valor universal excepcional de un bien, aun cuando bastaba satisfacer solo uno de ellos para su inscripción, petición que fue rechazada por el CMN sin señalar las consideraciones técnicas como tampoco la metodología empleada, comunicándole, por oficio N° 4.570, de 5 de noviembre de 2012, que ese inmueble tenía un valor excepcional a nivel nacional y que tenía por política, en cuanto a la aplicación de la mencionada convención, privilegiar la conservación de los sitios inscritos por sobre los propuestos en nuevas postulaciones, salvo tratándose de bienes que tengan aseguradas condiciones de conservación y manejo.

De igual modo, expresa su preocupación ante la declaración del CMN en orden a que tal monumento no tendría un valor universal excepcional, por cuanto con ello podría dañarse su prestigio, privándolo del socorro internacional, desconocer su verdadero valor patrimonial y perjudicar futuras iniciativas.

El señor Domínguez Balmaceda estima que el CMN, en la situación en análisis infringiría los artículos 4°, 5°, 6°, 11 y 17 de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural; los artículos 2°, 7°, 8° y 9° de la Convención sobre Defensa del Patrimonio Arqueológico, Histórico y Artístico de las Naciones Americanas; y los artículos 2° y 11 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, por cuanto, entre otros aspectos, se habrían transgredido los deberes de identificación, protección, conservación, rehabilitación y transmisión, toda vez que no se han desarrollado los instrumentos que permitan una adecuada identificación y consecuencial protección, no se han realizado catastros ni inventarios de los monumentos, ni de las obras de arte, como tampoco de las figuras históricas u otros aspectos de interés nacional, siendo de iniciativa de la sociedad civil los avances al respecto.

Por otra parte, el recurrente alude a la tardía protección que conforme a la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, se otorgó al monumento histórico de la especie, y además señala, que el CMN tampoco habría asumido un rol promotor de su conservación al derivar la reconstrucción post terremoto a los privados y omitir consultar fondos para tal efecto, exponiéndolo ante futuros eventos sísmicos y, en definitiva arriesgar su preservación a las generaciones venideras.

Además, con ocasión del oficio N° 4.224, de 2013, que el CMN le remitiera a fin de complementar el oficio N° 4.570 de 2012, del mismo origen, e informar de las consideraciones técnicas que fundamentaron el referido rechazo, el recurrente reitera lo expuesto y solicita que este Organismo de Control intermedie ante la UNESCO para que esa instancia internacional evalúe si el Cementerio General tiene mérito para ser incluido en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.

Finalmente, cabe agregar que el peticionario hace referencia a una serie de aspectos y circunstancias relativas al Casco Histórico del Cementerio General que ya han sido objeto de pronunciamientos por parte de este...

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