Dictamen nº 39933 de Contraloría General de la República, de 30 de Mayo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 645373297

Dictamen nº 39933 de Contraloría General de la República, de 30 de Mayo de 2016

N° 39.933 Fecha: 30-V-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Víctor Enrique Domínguez Sepúlveda, funcionario de los Astilleros y Maestranzas de la Armada, ASMAR, para solicitar el traspaso de sus cotizaciones desde la ex Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, CAPREMER, hacia la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, CAPREDENA, ya que, a su juicio, el aludido empleador habría cometido un error al adscribirlo al primer régimen previsional citado.

Requerido su informe, la CAPREDENA expresa que no cuenta con antecedentes del interesado.

Por su parte, ASMAR expone, en resumen, que el peticionario ingresó a dicha empresa del Estado el 1 de octubre de 1980 como obrero, registrando una serie de contratos a plazo fijo o por faena, suscribiendo, a contar del 1 de septiembre de 1996, uno de duración indefinida, el que se encuentra vigente. Agrega, que durante esos desempeños ha sido imponente de la ex CAPREMER, desconociendo si durante los períodos en que el recurrente no fue trabajador de esos astilleros, cotizó en alguna administradora de fondos de pensiones u otra entidad previsional.

Finalmente, el Instituto de Previsión Social, junto con acompañar el expediente del interesado, manifiesta, en síntesis, que no pudo ser imponente de la CAPREDENA, dado que a la época de su ingreso a ASMAR, en calidad de obrero, se encontraba vigente el decreto N° 353, de 1977, de la antigua Subsecretaría de Marina, concluyendo, por las razones que indica, que no corresponde el traspaso de cotizaciones solicitado.

Sobre el particular, cabe hacer presente, en armonía con lo señalado, en lo pertinente, por el dictamen N° 76.040, de 2015, de este origen, que en el año 1980 los trabajadores de ASMAR se encontraban regidos en materia previsional por el mencionado decreto N° 353, de 1977, el cual permitía a esos astilleros contratar empleados y obreros con cargo a sus...

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