Dictamen nº 3952 de Contraloría General de la República, de 3 de Febrero de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 665192321

Dictamen nº 3952 de Contraloría General de la República, de 3 de Febrero de 2017

N° 3.952 Fecha: 03-II-2017

Don Marcelo Carrasco Carrasco, presidente de la Asociación Nacional de Consejeros Regionales (ANCORE), solicita aclarar el alcance del dictamen N° 84.764, de 2015, de este origen, en aquella parte en que concluyó que procede el reembolso de los gastos incurridos por los consejeros que han asistido a las reuniones convocadas por esa entidad privada, en la medida que se acredite fundadamente que los asuntos allí tratados guardan estricta correspondencia con las actividades propias del Consejo Regional (CORE).

Sostiene que, si se consideran los objetivos establecidos en los estatutos de la ANCORE, puede colegirse que sus actuaciones están relacionadas con las funciones del CORE, por lo que los personeros que han asistido a sus reuniones tienen derecho a que se les restituyan los desembolsos de que se trata.

Además, el recurrente requiere precisar si el apuntado reembolso resulta procedente en aquellos casos en que los consejeros han concurrido a las asambleas convocadas por la Asociación Chilena de Municipalidades o las juntas de vecinos, entre otras agrupaciones, en las que se hayan abordado asuntos concernientes al CORE.

Como cuestión previa, cabe recordar que el dictamen cuya aclaración se solicita atendió una presentación anterior del señor Carrasco, a través de la cual solicitó la reconsideración de distintas observaciones contenidas en los informes finales que algunas contralorías regionales emitieron durante el año 2014, con motivo de las auditorías practicadas a los gobiernos regionales.

En el numeral 2 del referido pronunciamiento, esta Contraloría General atendió la reconsideración de una observación que objetó el reembolso de los gastos de alimentación, alojamiento y traslado asumidos por los consejeros que participaron en reuniones de la ANCORE. En esa oportunidad se resolvió que procederá tal devolución, siempre que se acompañen documentos fundantes que acrediten que los asuntos allí tratados guardaron estricta relación con las actividades del CORE, y no con las de la asociación gremial de derecho privado que representa sus intereses afines, no siendo suficiente, para ello, el hecho que esas jornadas hayan sido auspiciadas por órganos de la Administración.

Requerido su informe, la Subsecretaría del Interior manifestó, en síntesis, que comparte el criterio sostenido en el dictamen cuya reconsideración se solicita.

Sobre el particular, el inciso cuarto del artículo 39 de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional...

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