Dictamen nº 37595 de Contraloría General de la República, de 11 de Mayo de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 580872954

Dictamen nº 37595 de Contraloría General de la República, de 11 de Mayo de 2015

N° 37.595 Fecha: 11-V-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Milton Fabián Ibacache Hernández, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento que determine el derecho que le asistiría para recibir el aguinaldo de navidad y el bono de término de conflicto, contemplados en la ley N° 20.799.

En su informe, la citada institución policial indicó, en síntesis, que el recurrente no cumplió los requisitos para gozar de esos beneficios.

En este sentido, se debe anotar que el artículo 2° de dicho texto legal, concedió, por una sola vez, el referido aguinaldo, en los montos que señala, a los trabajadores que, a la fecha de publicación de esa ley -1 de diciembre de 2014-, desempeñen cargos de planta o a contrata de las entidades que menciona.

Luego, el artículo 25 del mismo ordenamiento, otorgó a los empleados que indica, un bono especial no imponible -denominado de término de conflicto-, que se pagó en el mes de diciembre de 2014, según la remuneración bruta que le haya correspondido percibir en el mes de noviembre de esa anualidad.

Al respecto, es menester destacar, en armonía con lo informado en los dictámenes Nos 61.729, de 2009 y 48.340, de 2011, de este origen, entre otros, que la concurrencia de los requisitos habilitantes para impetrar los aludidos emolumentos, debe verificarse en relación con las condiciones existentes a la fecha de publicación de la pertinente ley, especialmente en lo concerniente a la vigencia del vínculo estatutario.

De lo expuesto, se desprende que para percibir los referidos estipendios, era necesario encontrarse en funciones al 1 de diciembre de 2014, exigencia que el señor Ibacache Hernández no satisfizo, pues su cese de Carabineros de Chile por conducta mala, con efectos inmediatos, se produjo a contar del día siguiente a la notificación de tal medida -en la especie, el día 21 de noviembre de 2014-, quedando desde el día siguiente marginado de esa institución policial.

Enseguida, respecto a las credenciales de medicina curativa del ocurrente y de su hija, cabe señalar...

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