Dictamen nº 35081 de Contraloría General de la República, de 20 de Mayo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548987406

Dictamen nº 35081 de Contraloría General de la República, de 20 de Mayo de 2014

N° 35.081 Fecha : 20-V-2014

Don Marcial Lagos Mac-Iver, funcionario de la Brigada de Investigación Criminal de Vallenar de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI), cuestiona la legalidad de lo resuelto por su jefatura, quien revocó el acto administrativo por el cual había dispuesto su sobreseimiento en un procedimiento para la aplicación de una medida disciplinaria de propia iniciativa, y que, en su lugar, lo sancionó en la forma que indica. Agrega que tal revocación habría obedecido a una orden dada por el Director General de dicha entidad con fundamento en un pronunciamiento emanado de la Jefatura Jurídica de esa institución.

A petición de esta Contraloría General, el referido organismo policial manifiesta, en síntesis, que la cuestionada decisión se ajustó a derecho toda vez que obedeció a un mandato de su Director General en ejercicio de su potestad jerárquica, la que se extiende a la legalidad y oportunidad de las actuaciones de sus subalternos.

Al respecto, cabe hacer presente que de los antecedentes que obran en poder de esta Entidad de Control se observa que se inició una investigación en contra del recurrente por representarle telefónicamente al Juez de Familia de Vallenar la imposibilidad de cumplir una medida cautelar determinada con fundamento en no tener, en ese momento, personal suficiente para ello.

Además, consta que mediante la resolución (R) PRI N° 4, de 16 de agosto de 2012, del Jefe de la Prefectura Provincial Huasco de la PDI, el señor Lagos Mac-Iver fue sobreseído en la investigación para la aplicación de medidas disciplinarias de propia iniciativa, notificándosele personalmente el mismo día.

Asimismo, aparece que con posterioridad a dicha comunicación el Director General de la institución policial en comento requirió a la citada Jefatura Jurídica un informe en relación a dicho procedimiento, en virtud de cuyo contenido se ordenó a la aludida autoridad provincial la revocación de la anotada resolución y la aplicación de una sanción administrativa, lo que se materializó mediante la resolución (R) PRI N° 20, de 2013, que dispuso amonestación severa en contra del recurrente, la cual fue confirmada al rechazarse el correspondiente recurso de reclamación.

Sobre el particular, el artículo 8° del decreto N° 40, de 1981, del Ministerio de Defensa Nacional -que aprueba el Reglamento de Disciplina del Personal de Investigaciones de Chile-, preceptúa que “Los superiores podrán sancionar de propia iniciativa a sus subalternos...

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