Dictamen nº 319 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 552263782

Dictamen nº 319 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 2015

N° 319 Fecha: 05-I-2015

Por el documento de la referencia, don Daniel Paredes González reclama acerca de la juridicidad del decreto exento N° 2.140, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que -en lo que interesa- adjudicó a Transportes Marítimos Kochifas S.A. (Transmarko S.A.) la licitación pública del epígrafe.

Al efecto, señala que la moto nave “Antonio”, ofrecida por dicha empresa para realizar el servicio requerido, de acuerdo a sus características técnicas, tendría 862,27 toneladas de peso muerto y 1.340,71 toneladas de desplazamiento, valores que excederían los límites establecidos por la Autoridad Marítima para operar en el Muelle Bahía Cumberland de la Isla Robinson Crusoe y por las respectivas bases de licitación, sancionadas por el decreto N° 164, de 2013, de la misma Secretaría de Estado. Lo propio acontecería en materia de calados máximos permitidos.

Sobre el particular, y teniendo presente el parecer recabado de la Subsecretaría de Transportes, es menester manifestar que el párrafo primero del punto 3.2.2. de las mencionadas bases de licitación prevé, entre las características de la nave para la prestación del servicio, un calado máximo de 2,5 metros a proa y 3,8 metros a popa, y un desplazamiento máximo de 1.217 toneladas.

Indica, además, que las maniobras de atraque deberán efectuarse de acuerdo a lo establecido en la resolución N° 12.250/01 VRS, de 3 de enero de 2013, de la Capitanía de Puerto de Juan Fernández, que Habilita la Operación del Muelle Bahía Cumberland -en vigor a la época de la licitación-, cuyo numeral 11 consigna iguales condiciones a las detalladas en el párrafo que antecede.

Por último, señalan las bases, en el mismo punto 3.2.2. -en su párrafo segundo, letra g), y en lo que importa- que “En caso de presentarse con naves de características superiores a las posibles de atracar (ORD N° 12.250 de fecha 03 de enero de 2013 de la Capitanía de Puerto de Juan Fernández), deberá presentar un documento o certificado de la autoridad marítima que lo habilite a operar en el muelle fiscal de Juan Fernández”.

De lo anterior se desprende que no obstante que, acorde con la preceptiva que regula la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR