Dictamen nº 311969 de Contraloría General de la República, de 15 de Febrero de 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 923517572

Dictamen nº 311969 de Contraloría General de la República, de 15 de Febrero de 2023

Fecha15 Febrero 2023
Tipo de documentoGenerales

Nº E311969 Fecha: 15-II-2023

  1. Antecedentes

    Se ha dirigido a esta Contraloría General don Alejandro Verdugo Riquelme, solicitando la reconsideración del dictamen N° E212096, de 2022, de este origen, que -en torno a los requisitos que exige el Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada, para ser acreditado en el cargo de asesor- concluyó, en lo atingente, que el diploma de Oficial de Orden y Seguridad que le fuera otorgado por la Escuela de Carabineros de Chile en 1984 no posee el carácter de título profesional.

    Requerido su informe, esa institución manifestó, en síntesis, que el recurrente integró la promoción 1982-1984 de ese plantel educativo, siendo nombrado Subteniente de Carabineros al término de sus estudios, los que no eran conducentes a ningún título profesional.

  2. Fundamento jurídico

    Sobre el particular, cabe tener presente que el artículo 20 del decreto N° 229, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento Orgánico de la Escuela de Carabineros de Chile, N° 4, establecía -en su versión original- que los cursos de aspirantes a Oficiales con la especialización de Orden y Seguridad estaban destinados a la formación policial, profesional, científica y técnica de los escalafones que indica, y tendrían una duración mínima de tres años.

    En armonía con lo anterior, se debe señalar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6°, letra a), del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros, N° 8, contenido en el decreto N° 5.193, de 1959, del entonces Ministerio del Interior, los Subtenientes de Orden y Seguridad y de Administración serán nombrados como tales al término de sus estudios en la Escuela de Carabineros.

    A su vez, el inciso segundo del artículo 15 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, de la misma Secretaría de Estado, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, prescribe, en lo que interesa, que los Subtenientes de Orden y Seguridad y de Intendencia serán designados exclusivamente de entre los aspirantes a oficiales egresados de la Escuela de Carabineros.

    Posteriormente, el decreto N° 21, de 1988, del Ministerio de Defensa Nacional, incorpora el inciso segundo del artículo 20, del mencionado reglamento orgánico, que dispuso que los alumnos egresados de esos cursos recibirán el título profesional de Oficial de Orden y Seguridad Pública.

    Mediante lo expuesto, se aprecia que, en su versión original, el reseñado artículo 20 solo estaba orientado a la formación como Oficial de...

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