Dictamen nº 31128 de Contraloría General de la República, de 3 de Diciembre de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 829841213

Dictamen nº 31128 de Contraloría General de la República, de 3 de Diciembre de 2019

N° 31.128 Fecha: 03-XII-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Bárbara Clavijo Pizarro, funcionaria de Carabineros de Chile, para solicitar la condonación de la suma que indica, correspondiente a una deuda por cotizaciones que mantiene con la institución de salud previsional Colmena Golden Cross, ya que esa institución policial las enteró erróneamente en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.

Requerido su informe, ese organismo policial informó que su Departamento de Tesorería gestionó la recuperación íntegra de dichas imposiciones a fin de pagar la deuda existente con la aludida institución de salud previsional, de modo que no se realizará ningún descuento a la peticionaria por tal concepto.

Al respecto, es menester anotar que, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la señora Clavijo Pizarro, con fecha 16 de agosto de 2005, ingresó como funcionaria a contrata de Carabineros de Chile -afiliada al sistema previsional del decreto ley N° 3.500, de 1980-, siendo nombrada, en el mes de diciembre de 2012, en la planta de dicho organismo policial, por lo cual traspasó los fondos de su Administradora de Fondos de Pensiones a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.

Posteriormente, en el mes de marzo de 2013, la interesada renunció a esa institución policial, reingresando nuevamente en calidad de contrata, a contar del 2 de enero de 2014, fecha desde la cual y hasta el mes de mayo de 2015, Carabineros de Chile enteró erróneamente sus cotizaciones en esa dirección de previsión y no en la pertinente institución de salud previsional ni en la respectiva administradora de fondos de pensiones, lo que generó la deuda que reclama en esta oportunidad.

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Contraloría General entiende que el asunto expuesto, en lo que respecta a la deuda con la institución de salud previsional Colmena Golden Cross, se encuentra en vías de solución.

Por otra parte, en lo que atañe a que tanto los fondos traspasados desde la administradora de fondos de pensiones a la referida dirección de previsión, con motivo del ingreso de la peticionaria a la planta de Carabineros de Chile, como las imposiciones pagadas en ese último sistema previsional durante su desempeño en esa última calidad, sean devueltos a la administradora de fondos de pensiones Modelo, en la que se encuentra actualmente afiliada, cabe anotar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° de la ley N° 18.458, que el...

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