Dictamen nº 30542 de Contraloría General de la República, de 20 de Abril de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 567219214

Dictamen nº 30542 de Contraloría General de la República, de 20 de Abril de 2015

N° 30.542 Fecha : 20-IV-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Superintendencia de Pensiones informando sobre la situación previsional de don Antonio Mercado Oyarzún, en cumplimiento a lo ordenado por esta Institución Fiscalizadora, a través del oficio N° 97.892, de 2014.

Al respecto, la anotada entidad comunica que el recurrente se encuentra pensionado en el sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, y que su bono de reconocimiento principal y aquel emitido en su calidad de exonerado político están consumidos en esa prestación.

Sobre el particular, cabe expresar que el artículo 16 de la ley N° 19.234, prescribe que las pensiones no contributivas que señalan los artículos 6° y 15 de dicho cuerpo legal, son incompatibles con cualquier otro beneficio proveniente de los regímenes previsionales que hayan obtenido o a que puedan tener derecho los peticionarios, con excepción de los concedidos de acuerdo con el decreto ley N° 3.500, de 1980, y lo serán, igualmente, con el otorgamiento de bonos de reconocimiento a que se refiere esa normativa, sin perjuicio de la opción a que hubiere lugar entre ambos.

En ese contexto, la jurisprudencia de este Organismo de Control contenida en los dictámenes Nos. 73.047, de 2013 y 44.286, de 2014, entre otros, ha concluido que la precedente disposición permite elegir entre la pensión no contributiva y el bono de reconocimiento, en la medida que este último no haya sido cedido o liquidado, ya que, en esos casos, aquel instrumento y las cotizaciones que representa se consumen al considerarse en el cálculo de la prestación que le fuere conferida en el sistema de capitalización individual. Lo anterior, implica que el...

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