Dictamen nº 30192 de Contraloría General de la República, de 21 de Abril de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 637189997

Dictamen nº 30192 de Contraloría General de la República, de 21 de Abril de 2016

N° 30.192 Fecha: 21-IV-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Nuvia Concha Espinoza, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Central, para reclamar por el rechazo de su postulación al bono postlaboral que otorga la ley N° 20.305, por parte de la Tesorería General de la República, por cuanto estima que reúne los requisitos para su obtención, al haberlo solicitado una vez que la Subsecretaría de Redes Asistenciales le concedió las bonificaciones que establece la ley N° 20.612.

Consultado al efecto, el citado Servicio de Tesorerías manifiesta, en síntesis, que para acceder al beneficio que pretende, la interesada debió solicitarlo conjuntamente con los que otorga la ley N° 20.612, en alguno de los períodos que establece esta última preceptiva, lo que no ocurrió en este caso.

Sobre el particular, es dable manifestar que el artículo 1° de la ley N° 20.612 previene que tienen derecho a percibir la bonificación por retiro voluntario que allí se contempla, los funcionarios del sector salud que indica y que, entre otras exigencias, hayan cumplido o cumplan 60 años de edad, si son mujeres, entre las datas que señala, y postulen, durante el tercer trimestre de 2012; primer trimestre de 2013 o primer trimestre de 2014, según corresponda.

Por su parte el artículo 2° del mismo texto legal, establece, en lo que interesa, que quienes a la fecha que indica, ya hubiesen cumplido la referida edad, podrán solicitar dicho beneficio y la adicional prevista en el artículo 5º, para lo cual podrán participar en cualquiera de los períodos de postulación considerados en el artículo 1°.

Ahora bien, conforme a lo prescrito en el artículo primero transitorio de la mencionada ley N° 20.612, las personas recientemente aludidas, cuyos plazos para requerir el bono postlaboral que nos ocupa, se encontraren vencidos, pueden presentar su solicitud a éste...

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