Dictamen nº 29001 de Contraloría General de la República, de 12 de Noviembre de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 827135341

Dictamen nº 29001 de Contraloría General de la República, de 12 de Noviembre de 2019

N° 29.001 Fecha: 12-XI-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comandante en Jefe de la Armada solicitando un pronunciamiento acerca de si procede que el porcentaje de 35% por concepto de sobresueldo que perciben los Oficiales de los Servicios Profesionales con título profesional universitario, que cumplen una jornada de 44 horas semanales y se desempeñen en funciones propias de su profesión, al enterar 20 años de servicios o 23 años efectivos computables para el retiro -a que se refiere la letra g) del artículo 186 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas-, pueda ser aumentado a un 65%, como ocurre con los oficiales ingenieros politécnicos contemplados en la letra i) de ese precepto.

Requeridos sobre la materia, se tuvieron a la vista los informes del Director de Presupuestos y de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, quienes manifestaron la improcedencia del aumento por el que se consulta, por los motivos que exponen.

Sobre el particular, cabe señalar que conforme lo establece el artículo 1° del citado texto legal, el anotado Estatuto contiene las disposiciones que regulan la vinculación jurídica entre el Estado y el personal de las Fuerzas Armadas, desde el ingreso a estas instituciones hasta el término de su carrera profesional,

Luego, su artículo 186 establece que el personal afecto a la escala de sueldos de las Fuerzas Armadas tendrá derecho, de conformidad con lo dispuesto en ese artículo, a percibir un sobresueldo cuando acredite una especialidad, un título, pertenezca a un escalafón o desempeñe una determinada actividad. Este sobresueldo ascenderá a un 35%, a menos que se indique un porcentaje diferente y se calculará sobre el sueldo en posesión.

A su turno, entre quienes tienen derecho al sobresueldo referido en el precitado artículo, la letra g) señala a los oficiales de Justicia, Sanidad, Sanidad Dental, Veterinaria, Servicio Religioso, Servicios Generales y Bandas, con título profesional universitario, que por necesidades institucionales cumpla jornada de trabajo de cuarenta y cuatro horas semanales y se desempeñe en funciones propias de su profesión.

A su vez, la letra i) dispone que los oficiales con título de ingeniero obtenido en la Academia Politécnica Militar, Naval o Aeronáutica percibirán el señalado sobresueldo, el que aumentará al 65% al cumplir veinte años de servicio como...

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