Dictamen nº 28013 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 633977301

Dictamen nº 28013 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2016

N° 28.013 Fecha: 14-IV-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Sergio Loayza Olivares, exdocente de la Municipalidad de La Granja, para que se determine su derecho a percibir la bonificación que otorga la ley N° 20.305, toda vez que alega haber presentado su solicitud para acceder al mismo dentro del plazo legal y que aquélla fue extraviada por dicha entidad edilicia.

Consultado al efecto, el aludido municipio manifiesta que concedió la prestación al interesado y remitió los antecedentes pertinentes a la Tesorería General de la República, organismo que, por su parte, expone que rechazó el pago del beneficio por cuanto el peticionario no cumple con los requisitos para acceder al mismo, debido a que lo solicitó extemporáneamente.

Al respecto, es útil indicar que el artículo 1° de la ley 20.305, en su inciso primero, otorga un bono de naturaleza laboral, para el personal que, a su entrada en vigencia, a saber el 1 de enero de 2009, desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos regidos por las normas que señala, entre ellos, las municipalidades.

Por su parte, el artículo 2°, N° 1, de la misma normativa exige, para acceder al beneficio en comento, tener las calidades mencionadas en el inciso primero del artículo 1° en los referidos organismos o en sus antecesores legales, tanto a la fecha de postulación como con anterioridad al 1 de mayo de 1981.

Ahora bien, de la documentación tenida a la vista, aparece que el recurrente cumplió los 65 años de edad el 12 de julio de 2013; cesó en la citada municipalidad a partir del 1 de mayo de 2014; y postuló a la aludida prestación recién el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR