Dictamen nº 26441 de Contraloría General de la República, de 18 de Julio de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 689163141

Dictamen nº 26441 de Contraloría General de la República, de 18 de Julio de 2017

N° 26.441 Fecha: 18-VII-2017

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Angélica Riquelme Suárez, exdocente de la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, para solicitar un pronunciamiento que determine si tiene derecho al bono que establece la ley N° 20.305.

Requerido su informe, la aludida corporación manifiesta que la Tesorería General de la República rechazó la postulación de la recurrente, dado que estima que esta no requirió la bonificación en cuestión en el plazo fijado para ello.

Por su parte, en su informe, el Servicio de Tesorerías expresa, en síntesis, que la peticionaria no puede acceder al referido beneficio pues no lo exigió dentro del término de 90 días que para ello estipula el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.636.

Sobre el particular, es útil recordar que el artículo 1° de la ley N° 20.305, en su inciso primero, otorga un bono de naturaleza laboral para el personal que a la fecha de entrada en vigencia de ese texto legal desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos regidos por las normas que se señalan, entre los cuales se encuentran las corporaciones municipales.

A continuación, es menester tener presente que el artículo 3° de la citada ley N° 20.305, en su inciso primero, prevé, en lo que importa, que el jefe superior del servicio deberá recibir del trabajador la solicitud para optar a la prestación en análisis, dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de los 60 años, en el caso de las mujeres.

Luego, cabe señalar que el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.636, que rige en la materia a contar de su publicación, acaecida el 17 de noviembre de 2012, en lo que importa, dispone que los profesionales de la educación que hayan sido beneficiarios de la bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo noveno transitorio de la ley N° 20.501 -como aconteció en el caso de la interesada-, tendrán un plazo especial de 90 días para solicitar el bono previsto en la ley N° 20.305, regulándose el plazo de postulación, de forma excepcional para quienes tuvieran la calidad de funcionarios, a partir de la fecha de término efectivo de la relación laboral.

Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la señora Riquelme Suárez cumplió los 60 años de edad el 4 de abril de 2010, no obstante, solicitó el bono postlaboral el 2 de agosto de 2012, y cesó el 30 de marzo de 2016. En...

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