Dictamen nº 2464 de Contraloría General de la República, de 22 de Enero de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 702154617

Dictamen nº 2464 de Contraloría General de la República, de 22 de Enero de 2018

N° 2.464 Fecha: 22-I-2018

La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido una presentación de don Rodrigo Hernán Cerda García, funcionario del Hospital San Juan de Dios de Los Andes, quien reclama que esa institución resolvió de manera unilateral cesar el pago de la asignación de responsabilidad que había ganado por concurso interno y que le correspondería percibir en atención a las labores de jefe de la Unidad de Tratamientos Intermedios -UTI-, de ese centro de salud.

Requerido su informe, el aludido establecimiento expone, en síntesis, que por las razones que señala, procedió a reasignar las funciones de jefatura encomendadas al peticionario, a contar del 1 de diciembre de 2016, por lo que cesó el pago del estipendio en cuestión, según consta en su resolución exenta N° 7.840, de 2016.

Por su parte, la Subsecretaría de Redes Asistenciales manifestó que la pérdida del referido emolumento puede producirse en virtud de tres causales que enumera, indicando que no le consta la ocurrencia de ninguna de ellas, de acuerdo a los antecedentes de los que dispone.

Sobre el particular, es necesario tener presente que el artículo 34, letra c), de la ley N° 19.664 establece que la asignación de responsabilidad corresponde a los profesionales funcionarios de planta o a contrata que ejerzan funciones de dirección, coordinación, supervisión o mando de Servicios Clínicos o Unidades de Apoyo, cualquiera sea la denominación que se dé a estas dependencias en la estructura orgánica aprobada por resolución, siempre que dichas funciones sean iguales o superiores a 22 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes y que hayan sido seleccionados por el concurso interno establecido en el artículo 3° de la ley N° 19.198 y su reglamento.

Agrega, el inciso cuarto del referido artículo, que el Director de cada Servicio de Salud, mediante resolución fundada, determinará el porcentaje de esta asignación, de acuerdo con las disponibilidades de recursos y las necesidades de los establecimientos bajo su dependencia, dentro de los rangos que establezca el reglamento.

Enseguida, cabe señalar que el artículo 36 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, prevé que en el director de los centros hospitalarios autogestionados en red -naturaleza que reviste el aludido recinto asistencial-, estarán radicadas las funciones de dirección, organización y administración del pertinente establecimiento, lo que incluye, entre otras, conforme con lo dispuesto por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR