Dictamen nº 24238 de Contraloría General de la República, de 28 de Septiembre de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 742018653

Dictamen nº 24238 de Contraloría General de la República, de 28 de Septiembre de 2018

N° 24.238 Fecha: 28-IX-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Daniel Yung Hoffmann, en representación de Aki Pharm Chile S.A., deduciendo un recurso extraordinario de revisión en contra del dictamen N° 82.241, de 2015, de este origen, a través del cual se rechazó su solicitud de reconsideración del dictamen N° 41.551, de esa misma anualidad.

Al respecto, cabe recordar que en el dictamen recurrido se indicó que no se había configurado una situación de caso fortuito o fuerza mayor que permitiera al proveedor no cumplir con su obligación de entregar oportunamente parte de las jeringas comprometidas en virtud de un acuerdo de voluntades suscrito con la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, CENABAST, y que la multa aplicada a esa empresa por el retraso en la entrega de tales bienes se ajustó a los documentos por los que se regía el contrato.

En su informe, la CENABAST emitió su parecer acerca de los reclamos planteados por el peticionario.

Sobre el particular, cabe recordar que la letra b) del artículo 60 de la ley N° 19.880 dispone que en contra de los actos administrativos firmes podrá interponerse el recurso de revisión ante el superior jerárquico, si lo hubiere o, en su defecto, ante la autoridad que lo hubiere dictado, cuando, entre otras circunstancias, al dictarlo, se hubiere incurrido en manifiesto error de hecho y que éste haya sido determinante para la decisión adoptada, o que aparecieren documentos de valor esencial para la resolución del asunto, ignorados al dictarse el acto o que no haya sido posible acompañarlos al expediente administrativo en aquel momento.

Ahora bien, el peticionario fundamenta su requerimiento en que en la especie se habría configurado un caso fortuito, consistente en que el camión que transportaba las jeringas dentro de China sufrió un accidente, y en la existencia de estipulaciones contractuales que afectarían la igualdad entre las partes.

En este contexto y relación a las alegaciones relativas a que el incumplimiento en la entrega de las jeringas obedeció a un caso fortuito o fuerza mayor, es pertinente anotar que en esta ocasión el recurrente reitera los mismos argumentos...

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