Dictamen nº 46026 de Contraloría General de la República, de 29 de Noviembre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 240083858

Dictamen nº 46026 de Contraloría General de la República, de 29 de Noviembre de 2000

N° 46.026 Fecha: 29-XI-2000

El Servicio de Salud Metropolitano Sur consulta a la Contraloría General si en el contrato para ejecutar la obra "Construcción Centro de Diagnóstico Terapéutico y Placa Quirúrgica Hospital Barros Luco Trudeau", celebrado con la firma Zublin S.A., deben entenderse o no incorporados los rubros "colocación de abrepuertas automáticas para los pabellones quirúrgicos" y "provisión de equipos de la central de diálisis". Se adjunta informe de la Asesoría Jurídica en el cual se concluye, en síntesis, que los trabajos mencionados quedaron comprendidos dentro de las obligaciones contractuales pactadas.

Por su parte, la firma Zublin S.A. también recaba de este Organismo de Fiscalización un pronunciamiento acerca de las materias indicadas, las cuales en su concepto y según la normativa reguladora de la convención, no habrían quedado incluidas, de modo que lo relativo a las abre puertas automáticas no podría ser objeto de disminución como lo pretende el Servicio, en tanto que la provisión de la central de diálisis, tendría que ser considerada como obra extraordinaria.

Sobre el particular, cumple expresar que conforme a las reglas establecidas para ejecutar la obra en cuestión, en cuyo análisis se ha tenido en consideración el informe técnico elaborado por personal especializado de este Organismo Contralor los trabajos materia del contrato inciso primero del punto 1 del Párrafo “GENERALIDADES", de las Especificaciones Técnicas de Arquitectura, comprenden hasta su total y cabal terminación, todas las partidas diseñadas y/o especificadas, tanto para el edificio como para las obras exteriores. Incluye las obras civiles, instalaciones, obras complementarias y su coordinación con los requerimientos del equipamiento incorporado al edificio, y la coordinación con el equipo médico, aún cuando éste no forme parte del contrato."

Aún más, en el inciso cuarto del mismo punto se agregó que: "tratándose de un contrato a suma alzada, el contratista deberá consultar en su propuesta todos los elementos o acciones necesarias para la correcta ejecución y terminación de cada partida, aunque no aparezca su descripción en los planos o especificaciones."

Ahora bien, específicamente en relación al primero de los puntos planteados, es decir, el relativo a la colocación de abrepuertas automáticas para los pabellones quirúrgicos, debe señalarse que en la partida 15.5.2 Cerraduras de las Especificaciones Técnicas de Arquitectura ( Volumen 1 )se incluyó en...

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