Dictamen nº 57101 de Contraloría General de la República, de 22 de Agosto de 1975 - Doctrina Administrativa - VLEX 240083486

Dictamen nº 57101 de Contraloría General de la República, de 22 de Agosto de 1975

la notificacion del decreto jubilatorio cuyo tramite se iniciara encontrandose el beneficiario en actividad, impone al servicio en que este se desempena la obligacion de notificarle personalmente de la recepcion del documento tomado razon una vez que sea remitido por la canaempu, mediante entrega de copia de el al interesado, levantando al efecto un acta en que se consigne de manera fehaciente la data en que aquella se efectua. si los decretos jubilatorios, ya tomados razon no son notificados a los funcionarios inmediatamente de recibidos por la autoridad correspondiente, vale decir, en contravencion al mandato contenido en aquellos pronunciamientos, entretanto se retarde esa gestion, no produciran esos efectos, debiendo entenderse que durante ese periodo los titulares...

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