Dictamen nº 11191 de Contraloría General de la República, de 13 de Marzo de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 240081990

Dictamen nº 11191 de Contraloría General de la República, de 13 de Marzo de 2007

N° 11.191 Fecha: 13-III-2007

La señora XX, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando la reliquidación de la pensión otorgada en el régimen de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, de la que es titular, incorporando cotizaciones que resultaren del fraccionamiento del periodo impositivo de la pensión que percibe, a su vez, en la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.

Requerido de informe, el Instituto de Normalización Previsional, a través del oficio ordinario N° 484, de 2007, elaborado por la Unidad de Apoyo Legal de su División de Concesión de Beneficios, adjunto al oficio ordinario S.G. N° 400-07-6, de igual año, manifiesta que, con el objeto de verificar las imposiciones que no habrían sido consideradas en el cálculo de la pensión concedida por la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, la interesada deberá acompañar fotocopia legalizada de la planilla correspondiente al mes de febrero del 2002, por cuanto el certificado de Cuentas Individuales de 2 de febrero del 2007, señala que no registra dicha planilla.

Sobre el particular, y en relación a la divisibilidad del período impositivo afecto al régimen de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos, es pertinente señalar que, la jurisprudencia de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 50.631, de 2003 y 24.375, de 2006, ha concluido en lo pertinente, que los funcionarios afectos al régimen de la ex caja Nacional de Empleados...

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