Dictamen nº 4703 de Contraloría General de la República, de 9 de Febrero de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 240078998

Dictamen nº 4703 de Contraloría General de la República, de 9 de Febrero de 1994

MateriaDerecho Público y Administrativo

resulta procedente que municipalidad disponga el cambio del nombre de un bien inmueble municipal por el de una persona viva, porque segun ley 18695 art/5 lt/c, en relacion con los articulos 56 letra/f y 69, letra/j de esa ley, la administracion de los bienes municipales y nacionales de uso publico existentes en la comuna, corresponde a las municipalidades, y dentro de esta, es una atribucion del alcalde, salvo aquellos bienes que por su naturaleza y fines y conforme la ley, deban ser administrados por otros organos de la administracion. en desempeno de la senalada funcion el alcalde puede asignar y cambiar la denominacion de tales bienes, previo acuerdo del concejo e informe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR