Dictamen nº 22437 de Contraloría General de la República, de 29 de Abril de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 240068738

Dictamen nº 22437 de Contraloría General de la República, de 29 de Abril de 2009

N° 22.437 Fecha: 29-IV-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General, la señora Verónica Contreras Altamirano, en representación de la Federación Gremial Nacional de Transporte Escolar y Turismo de Chile, solicitando se emita un pronunciamiento sobre la procedencia que los municipios efectúen cobros por la utilización de los paraderos para transporte escolar cercanos a los establecimientos educacionales, que se instalen en cumplimento de la ley N° 19.831.

Requerida la Asociación Chilena de Municipalidades al respecto, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2008, señaló en lo que interesa, que las municipalidades se encuentran facultadas legalmente para otorgar permisos de ocupación y uso en bienes nacionales de uso público, cuyo arancel de cobro dependerá de lo que determine la ordenanza local respectiva.

Añade que no existen razones para eximir de este cobro a los transportistas, pues en dicho caso se estaría beneficiando a un sector, que presta un servicio que no es gratuito para la comunidad.

Sobre el particular, la Ley N° 19.831, que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, establece en su artículo 10° que: "Las municipalidades deberán fijar paraderos próximos a los establecimientos educacionales, destinados exclusivamente a recibir y a dejar pasajeros de transporte escolar".

Al respecto, acorde al tenor literal del artículo trascrito, las municipalidades están obligadas a establecer paraderos próximos a los establecimientos educacionales y destinados exclusivamente a pasajeros de transporte escolar.

Sin embargo, esa norma legal no contempla una contraprestación por parte de los referidos transportistas por el uso de dichos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR