Dictamen nº 27562 de Contraloría General de la República, de 14 de Noviembre de 1986 - Doctrina Administrativa - VLEX 240062942

Dictamen nº 27562 de Contraloría General de la República, de 14 de Noviembre de 1986

atribuciones que acorde ley 18290 art/4 corresponden a inspectores municipales en materia de transito publico, deben entenderse no obstante atribuciones especificas que esa ley asigna a dichos inspectores, sea que se refiera expresamente a ellos o a funcionarios referidos en art/4 citado. asimismo, les corresponden facultades que ley encarga a la "autoridad competente" y aquellas que establece sin asignarlas a organismo o autoridad determinada, siempre que se trate de funciones que atendido su caracter puedan legalmente ser efectuadas por inspectores municipales, salvo que por la naturaleza de la norma aparezca que esas atribuciones atanen a otras entidades o funcionarios. atribuciones que ley entrega a otras instituciones o autoridades, por regla general no pueden ser ejercidas por tales inspectores, excepto que otras disposiciones les concedan prerrogativas analogas. facultad para detener conductores, establecida en ley 18290 art/182, para fines senalados en esta misma norma, no solo compete a carabineros sino tambien a inspectores de que se trata, porque ley no distingue al respecto. pero, atribucion del art/205 inc/1 de...

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