Dictamen nº 19267 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 240050562

Dictamen nº 19267 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2009

N° 19.267 Fecha: 14-IV-2009

Se han dirigido a esta Contraloría General doña Andrea Quintanilla Muñoz y otros 27 profesionales de enfermería de la Unidad de Cuidados Intensivos de la Unidad de Pacientes Críticos (UPC) del Complejo Asistencial Barros Luco Trudeau, solicitando que se investiguen las agresiones y hostigamientos de los cuales han sido víctimas por parte del equipo médico de dicha unidad.

Manifiestan los recurrentes que el citado equipo médico, especialmente el Jefe de la señalada Unidad de Pacientes Críticos, don Enzo Sáez Herrera y el Jefe Técnico de la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), don Alban Cortés López, han mantenido una conducta permanente de agresión y hostigamiento hacia el personal de enfermería, lo que atenta contra su integridad y altera gravemente el normal desempeño de sus labores profesionales.

Efectuada una investigación sobre los hechos denunciados ante este Organismo de Control, se estableció que tanto la Dirección del mencionado establecimiento hospitalario, así como también la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Sur -S.S.M.S., han conocido de las denuncias de los recurrentes y han adoptado medidas sobre el particular.

En efecto, como consecuencia de los conflictos surgidos al interior de la mencionada UPC, la Dirección del Complejo Asistencial decidió realizar un trabajo conjunto con el personal de ese estamento y la Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO), para efectos de mejorar el clima laboral existente. Así, a través del memorándum N° 017, de 17 de abril de 2008, la UDO presentó una Propuesta de Diagnóstico para la UPC - UCI, en la cual se consignaron las técnicas a utilizar y un cronograma de actividades que finalizaban el 26 de mayo de 2008, contemplándose además un informe final que incluiría las propuestas de intervención. Sin embargo, el proyecto no se llevó a cabo por cuanto el personal de enfermería se negó a seguir participando, alcanzándose sólo a elaborar un preinforme de diagnóstico.

En relación con la materia, también es del caso hacer presente que, para determinar la calidad de la atención brindada a los pacientes de la UCI, la señalada Dirección solicitó un informe técnico, en cuyas conclusiones se dejaron establecidas algunas deficiencias existentes en la citada dependencia, tales como la falta de supervisión de la Enfermera Encargada de la Unidad, carencias en la entrega formal de los turnos y otras observaciones.

Asimismo, procede señalar que mediante resolución exenta...

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