Dictamen nº 30738 de Contraloría General de la República, de 16 de Mayo de 1977 - Doctrina Administrativa - VLEX 240039562

Dictamen nº 30738 de Contraloría General de la República, de 16 de Mayo de 1977

requirente no tiene derecho a pension de montepio en su calidad de hija de vicealmirante, por cuanto al fallecimiento de este, fecha de delacion de dicho derecho, era casada, por lo que su viudez no le permite recuperarlo. en efecto, requisitos y calidades habilitantes que deben poseer asignatarios para disfrutar de pension de montepio deben acreditarse al momento de delacion del respectivo beneficio; delacion es el actual llamamiento de la ley para que el beneficiario entre en el goce de la pension. calidad de beneficiario de montepio con requisitos que habilitan para gozar de este derecho deben reunirse a fecha del fallecimiento del causante o, en caso de suceder a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR