Dictamen nº 42314 de Contraloría General de la República, de 8 de Septiembre de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 240034486

Dictamen nº 42314 de Contraloría General de la República, de 8 de Septiembre de 2008

N° 42.314 Fecha: 8-IX-2008

La Contraloría Regional de Los Ríos ha remitido las presentaciones que ha interpuesto don Francisco Javier Márquez Rojas, a través de las cuales formula denuncias acerca de irregularidades que se habrían cometido en diversos concursos convocados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Los Ríos, las que se resolverán en el orden en que se realizaron.

Solicita el recurrente en el primer escrito, la invalidación del concurso público para proveer el cargo de Profesional, Abogado, al cual postuló, pues, a su juicio, en éste se incurrió en distintas arbitrariedades que lo perjudicaron.

Al respecto, y de acuerdo con lo expresado por el propio interesado, aparece que el certamen en el cual participó, fue impugnado por él por la vía del recurso de protección, el que fue rechazado por sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, apelada por el reclamante ante la Corte Suprema, la cual confirmó dicha sentencia, atendido lo cual esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir un pronunciamiento, de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de su Ley Orgánica Constitucional N° 10.336.

Resulta menester anotar que, acorde con la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en el dictamen N° 5.873, de 2002, entre otros, existiendo un fallo de los Tribunales recaído en el fondo de un asunto sometido a su conocimiento en virtud de un recurso de protección, como acontece en la especie, no procede que este Organismo de Control se pronuncie sobre la misma materia.

Enseguida, en otra presentación, el señor Márquez Rojas denuncia ilegalidades que, en su concepto, habrían ocurrido en el aludido Servicio respecto a la provisión de otros cargos, mediante concursos y contrataciones, afectando a determinados funcionarios.

Sobre el particular, cumple manifestar que el artículo 160 de la ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado ha sido fijado por el D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, establece que los funcionarios pueden reclamar ante esta Entidad de Control, cuando se hubieren...

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