Dictamen nº 5866 de Contraloría General de la República, de 12 de Febrero de 1987 - Doctrina Administrativa - VLEX 240008722

Dictamen nº 5866 de Contraloría General de la República, de 12 de Febrero de 1987

no se encuentra afecto a incompatibilidad entre sueldo y pension del dfl 338/60 art/172, funcionario del ministerio de transportes que percibe jubilacion por intermedio de caja de prevision de marina mercante nacional por servicios prestados en compania chilena de navegacion interoceanica, porque a la fecha en que se concedio dicha pension compania mencionada tenia caracter de entidad del sector privado, cuyo capital era particular, de modo que beneficio no derivo de servicios prestados al fisco, como tampoco a ninguna de las entidades del art/172 citado, sino de trabajo en sector privado. lo anterior, por cuanto para determinar aplicacion de incompatibilidad en cuestion debe atenderse a naturaleza juridica de servicios que originaron pension respectiva, la que tendra esa misma naturaleza, y a condicion juridica del organismo que posteriormente cancele remuneracion por nuevas funciones; de modo que si servicios que generaron la pension no fueron prestados a ninguna de las entidades senaladas en art/172, dicho beneficio no esta afecto a incompatibilidad aludida, cualquiera sea la naturaleza de la entidad a la cual el jubilado se reincorpore. pero, a la inversa, si la pension de jubilacion...

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