Dictamen nº 16805 de Contraloría General de la República, de 9 de Julio de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239979414

Dictamen nº 16805 de Contraloría General de la República, de 9 de Julio de 1992

se ajusta a derecho sistema de turnos establecido por la subsecretaria de obras publicas en plaza de peaje en que los funcionarios trabajan de 8 a 21 horas en periodo estival y de 8,30 a 18,30 horas en periodos normales o de baja, pagandose las horas extraordinarias realizadas fuera de la jornada normal de trabajo senalada en ley 18834 art/59, acorde los turnos aludidos y a los periodos senalados en que opere dicha plaza. ello, considerando que ley 18834 art/60 faculta al jefe superior del servicio para ordenar trabajos extraordinarios a continuacion de la jornada ordinaria, de noche o en sabados, domingos y festivos, cuando deban cumplirse tareas impostergables, siendo compensados tales trabajos, como regla general, con descansos complementarios y si ello no fuera posible, por razones de buen servicio, con un recargo en las remuneraciones. el trabajo nocturno en dias referidos, da derecho tambien a descanso complementario igual al tiempo trabajado mas un aumento del 50 por ciento, o en su caso, a un recargo de igual porcentaje sobre el valor de la hora ordinaria de trabajo, segun ley 18834 art/63 y art/61. segun este ultimo precepto, se entiende por trabajo nocturno el realizado entre las 21 horas de un dia y las 7 horas del siguiente. la compensacion adicional por labores nocturnas o en los dias senalados, varia segun si dichas...

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