Dictamen nº 22276 de Contraloría General de la República, de 22 de Septiembre de 1986 - Doctrina Administrativa - VLEX 239973922

Dictamen nº 22276 de Contraloría General de la República, de 22 de Septiembre de 1986

obligacion de pagar la segunda cuota del permiso de circulacion que establece dl 3063/79 art/12 inc/1, en caso de optar por esta forma de cancelacion, se hace exigible a contar del vencimiento del mes en que correspondio pagarla, acorde dl 3063/79 art/15 inc/3, que preve un plazo fatal para cumplimiento de dicha obligacion al senalar que debe ser pagada dentro de los meses de agosto, junio y octubre, segun el tipo de vehiculo; vencido este plazo el contribuyente se constituye en mora y procede el cumplimiento forzado. todo ello es independiente de la posible comunicacion escrita de que el vehiculo ha sido retirado de circulacion, prevista en dl 3063/79 art/15 inc/fin, la que de mediar con posterioridad al requerimiento y dentro del termino legal, servira...

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