Dictamen nº 44930 de Contraloría General de la República, de 4 de Noviembre de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239947078

Dictamen nº 44930 de Contraloría General de la República, de 4 de Noviembre de 2002

N° 44.930 Fecha: 4-XI-2002

Don JY, en representación de la "Compañía de Teléfonos CMET Complejo Manufacturero de Equipos Telefónicos S.A.C.I.", ha efectuado diversas presentaciones por las cuales reclama del cobro que, por concepto de apoyos en los postes del tendido eléctrico, realizan determinadas empresas concesionarias de servicios eléctricos a su representada -concesionaria de servicios de telecomunicaciones-, así como de la omisión de algunas municipalidades para efectuar tales cobros -en el carácter de administradoras de los bienes nacionales de uso público- y de la falta de cumplimiento de la ley que los regularía, por parte de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, lo cual ha permitido abusos en la fijación de tarifas por parte de esas empresas.

Sostiene que su reclamo se fundamenta en el dictamen N° 20.980, de 1999, que concluyó, en lo que interesa, que los postes instalados por los urbanizadores adquieren el carácter de bienes nacionales de uso público, correspondiendo a la municipalidad su administración. Al efecto, plantea que los Alcaldes de las Municipalidades de Buin y La Granja han dictado ordenanzas fijando, igualmente, precios arbitrarios a los referidos apoyos, los que deben ser establecidos de acuerdo con la Ley N° 19.674.

Afirma, asimismo, que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles ha evadido cumplir con la obligación que le impone la ley de dirimir las infracciones de las Compañías Eléctricas, en especial, de Enersis S.A. que, a pesar de carecer de toda concesión eléctrica, cobra por apoyo a postes que le pertenecerían a Chilectra S. A.

Agrega que la Comisión de Energía no ha fijado las tarifas de apoyos ni ha cumplido con la Ley N° 19.674. De igual forma, estima que las empresas eléctricas indicadas han realizado conductas de sabotaje de las líneas telefónicas y de TV Cable, robando material, cortando comunicaciones, produciéndole a la empresa que representa daños y significativos costos, particularmente, en la V y VIII Región del país.

A su vez, añade que su empresa ha celebrado contratos con diversas municipalidades, por los que éstas han procedido a cobrar los precios por apoyos en los postes que les corresponde administrar, solicitando que esta Entidad de Control se pronuncie sobre la forma y fondo de los mismos.

Por otra parte, denuncia la actuación de la Municipalidad de Maipú que, en cuanto a la factibilidad de celebrar contratos de apoyos telefónicos en postes de esa comuna, ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR