Dictamen nº 41158 de Contraloría General de la República, de 15 de Diciembre de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239941906

Dictamen nº 41158 de Contraloría General de la República, de 15 de Diciembre de 1997

la comision chilena de energia nuclear tiene facultades para arrendar sus bienes e instalaciones. ello, porque acorde articulos 1 y 10 de ley 16319, esa comision constituye un organismo autonomo con personalidad juridica de derecho publico que tiene facultad expresa para ejecutar o celebrar cualquier acto o contrato tendiente, directa o indirectamente a la consecucion de sus fines. segun el art/3 de esa ley, el objeto de la comision es atender los problemas relacionados con la produccion, adquisicion, transferencia, transporte y uso pacifico de la energia atomica y de los materiales fertiles, fusionables y radiactivos. el mismo art/3 senala las funciones de la comision para cumplir tal objeto, entre las que se destacan la de fomentar, realizar o investigar, segun corresponda y conforme a la legislacion vigente, la produccion y utilizacion con fines pacificos de la energia nuclear en todas sus formas, tales como su aplicacion a fines medicos, industriales o agricolas y la generacion de energia electrica y termica. asi, como el art/10 citado no distingue en cuanto al tipo de contrato que puede celebrar esa entidad el art/4 lt/b de la ley aludida indica que el patrimonio de la misma se formara por las entradas provenientes de la prestacion de servicios, arriendo o explotacion de cualesquiera de sus bienes, procede el arrendamiento consultado. en todo caso, el mismo debe tener directa o indirecta relacion con la consecucion de los fines de la comision, por lo que procederia el arriendo a terceros de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR