Dictamen nº 11819 de Contraloría General de la República, de 18 de Mayo de 1983 - Doctrina Administrativa - VLEX 239926950

Dictamen nº 11819 de Contraloría General de la República, de 18 de Mayo de 1983

reglas contenidas en dto 1340/65 moopp art/77, no pueden ser aplicadas en contrato en que la respectiva obra se encuentra cancelada por la administracion, porque para que puedan ejercerse por parte del ministerio de obras publicas las facultades tendientes a cancelar las deudas impagas por sueldos, salarios y cotizaciones previsionales del personal de empleados y obreros ocupados en las faenas o trabajos correspondientes a contratos de ejecucion de obras publicas, que en dicha norma se contemplan, es necesario que existan estados de pago pendientes para no darles curso o para retener de ellos las cantidades que no se hubieren cancelado por tales conceptos. no...

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