Dictamen nº 33312 de Contraloría General de la República, de 23 de Octubre de 1995 - Doctrina Administrativa - VLEX 239920294

Dictamen nº 33312 de Contraloría General de la República, de 23 de Octubre de 1995

medico que realiza beca de especialidad conforme dto 507/90 salud, debe cumplir periodo de practica asistencial obligatoria a que se refiere el art/17 inc/1 de dicho texto reglamentario, en el hospital de coyhaique, tal como lo ha dispuesto subsecretaria del ramo, sin que resulte posible cambiar su destinacion a santiago. ello, porque del claro tenor literal del art/20 del mismo ordenamiento se infiere que corresponde a ese organismo determinar el establecimiento del sistema nacional de salud en que los becarios tienen que efectuar una fase asistencial obligatoria por un tiempo...

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