Dictamen nº 9139 de Contraloría General de la República, de 15 de Marzo de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239919434

Dictamen nº 9139 de Contraloría General de la República, de 15 de Marzo de 2000

N° 9.139 Fecha: 15-III-2000

El Ministerio de Relaciones Exteriores ha consultado a esta Contraloría General si al personal de Agregados Económicos, Comerciales, Culturales, Laborales, de Prensa y Científicos designados por el Presidente de la República, le asiste el derecho de opción que en relación con la asignación por cambio de residencia establece el artículo 1 ° transitorio de la ley N° 19.633.

Señala ese Ministerio que a los agregados a que se hace referencia, que tienen la calidad de contratados, el artículo 87 del Estatuto del Personal de esa Secretaría de Estado les hace aplicables todas las disposiciones contenidas, en lo que interesa, en el párrafo 7° del Capítulo II, que en su artículo 40 establece el beneficio de asignación por cambio de residencia. Este último precepto fue reemplazado por el artículo 2° de la citada ley N° 19.633, estableciendo asimismo ese texto legal en su artículo 1 ° transitorio disposiciones especiales relacionadas con la materia.

Al respecto, conviene tener presente que el artículo 5° del Estatuto del Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, DFL N° 33, de 1979, de esa Secretaría de Estado, previene, en lo que interesa, que "el Presidente de la República podrá designar…hasta 33 Agregados Culturales, Laborales, de Prensa y Científicos, según lo requieran las conveniencias del Servicio. En estos casos la remuneración no será mayor a la que perciba un funcionario de 4a Categoría exterior, Planta A".

A su vez, el artículo 40 del Estatuto que se analiza, modificado por la ley N° 19.633, establece que "los funcionarios de Primera a Séptima Categoría de la Planta "A", presupuesto en moneda extranjera, que regresen al país por término de su destinación en el extranjero, gozarán de una asignación por cambio de residencia, la que no se considerará sueldo para efecto legal alguno", del monto que indica.

A continuación, el precepto señala, en lo que interesa, el valor de la asignación para los cargos de primera a séptima categoría exterior.

A su turno, el artículo 1° transitorio de la ley N° 19.633 dispone, en lo concerniente al asunto en estudio, que "el personal del servicio exterior y el de planta de secretaría y administración general del Ministerio de Relaciones Exteriores... que cumplan con los requisitos para acogerse a la franquicia de la Partida 00.04 del Arancel Aduanero, y que a la fecha de publicación de esta ley se encuentren cumpliendo funciones en el extranjero, mantendrán el beneficio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR