Dictamen nº 8287 de Contraloría General de la República, de 28 de Febrero de 2003 - Doctrina Administrativa - VLEX 239918162

Dictamen nº 8287 de Contraloría General de la República, de 28 de Febrero de 2003

N° 8.287 Fecha: 28-II-2003

La Contraloría General no ha dado curso regular al documento de la suma, a través del cual se aprueban la constitución y estatutos de la Asociación de Canalistas que indica, por cuanto la organización que se ha formado mediante la escritura pública que se acompaña, no reúne los requisitos establecidos en el artículo 257, en relación con el artículo 186, ambas disposiciones del Código de Aguas, para constituirse como tal.

En efecto, el citado artículo 257 exige que la constitución de la asociación de canalistas y sus estatutos se efectúe por escritura pública suscrita por todos los titulares de derechos a que se refiere el artículo 186. Esta última norma, a su vez, dispone que "Si dos o más personas tienen derechos de aprovechamiento en las aguas de un mismo canal o embalse, o usan en común la misma obra de captación de aguas subterráneas, podrán reglamentar la comunidad que existe como consecuencia de este hecho, constituirse en asociación de canalistas o en cualquier tipo de sociedad, con el objeto de tomar las aguas del canal matriz, repartirlas entre los titulares de derechos, construir, explotar, conservar y mejorar las obras de captación, acueductos y otras que sean necesarias para su aprovechamiento. En el caso de cauces naturales podrán organizarse...

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