Dictamen nº 30436 de Contraloría General de la República, de 18 de Diciembre de 1991 - Doctrina Administrativa - VLEX 239910630

Dictamen nº 30436 de Contraloría General de la República, de 18 de Diciembre de 1991

en contrato de obra de canal de descarga adjudicado a contratista por municipalidad, no procede devolverle las garantias otorgadas ni vale vista hecho efectivo, porque el municipio tenia facultades para aplicarlas a obras mal ejecutadas o defectuosas segun las bases del convenio, hecho que se ha acreditado, como tampoco debe pagarsele el estado de pago pendiente mientras no se formalice con un informe tecnico el estado de las obras al momento del termino anticipado del contrato que dispuso la entidad edilicia, el que debe considerar como antecedente la valorizacion respectiva, no efectuada en ese momento, debiendo pagarse en definitiva a interesado, solo lo que proceda por lo ejecutado en forma correcta. ademas, debe liquidarse rapidamente el contrato aludido, dictandose el correspondiente acto formal. la municipalidad no podia recepcionar provisoriamente las faenas mientras estas no...

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