Dictamen nº 28029 de Contraloría General de la República, de 8 de Agosto de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239889362

Dictamen nº 28029 de Contraloría General de la República, de 8 de Agosto de 1988

municipalidad de vina del mar debe proceder a caducar de inmediato patente conferida a industria de puertas y ventanas que se encuentra ubicada en zona para la cual la ordenanza local del respectivo plano regulador sanciona como usos prohibidos, entre otros, las industrias molestas, entendiendose por tales las que producen incomodidad o molestias al vecindario, como ocurre con la de este caso. ello, porque si bien dl 3063/79 art/26 inc/2 establece que el municipio estara obligado a otorgar la patente respectiva, ello es sin perjuicio de las limitaciones relativas a la zonificacion comercial o industrial que contemplen las respectivas ordenanzas municipales y las autorizaciones que previamente deben otorgar en ciertos casos las autoridades sanitarias u otras que contemplen las leyes, y sobre la materia en comento, el dfl 458/75 vivie art/57 senala que el uso del suelo en las areas urbanas se rige por lo dispuesto en los planes reguladores y las construcciones que se levanten en los terrenos seran concordantes con dicho proposito. agrega el art/58 del mismo...

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