Dictamen nº 21146 de Contraloría General de la República, de 12 de Agosto de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 809434337

Dictamen nº 21146 de Contraloría General de la República, de 12 de Agosto de 2019

N° 21.146 Fecha: 12-VIII-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Alfredo Ahumada Chamorro, en representación de Mediastream SpA., objetando la decisión de la Dirección General de Movilización Nacional de invalidar la resolución exenta a través de la cual había adjudicado a esa empresa la licitación pública convocada por ese servicio para contratar la implementación y funcionamiento de una radio digital online, para reforzar la campaña comunicacional 2018, de difusión del servicio militar, ID 1867-4-LP18.

Expone que esa medida se habría adoptado pese a que se funda en el incumplimiento de una exigencia formal relacionada con la oferta económica.

Requerido su parecer la antedicha Dirección manifestó, en síntesis, que las bases que regularon el proceso concursal exigían que los oferentes incluyeran en el detalle de su oferta económica los costos y pagos que deberían realizar por concepto de licencias, tales como de webcasting, de streaming, de descarga, derechos de autor y toda otra, y que establecían, además, que quien no cumpliera con ello quedaría excluido de la licitación. Añade que la empresa recurrente no incorporó en su propuesta tales costos y pagos, lo que no puede considerarse como un error formal.

Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 9° de la ley N° 19.886 dispone, en lo que importa, que el órgano contratante declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases.

A su vez, el inciso tercero del artículo 10 de ese cuerpo legal prevé que “Los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción, de los participantes y de la entidad licitante, a las bases administrativas y técnicas que la regulen. Las bases serán siempre aprobadas previamente por la autoridad competente”.

A su vez, la jurisprudencia administrativa ha puntualizado que la estricta sujeción a las bases constituye un principio rector que rige tanto el desarrollo del proceso licitatorio como la ejecución del correspondiente contrato y que dicho instrumento, en conjunto con la oferta del adjudicatario, integran el marco jurídico aplicable a los derechos y obligaciones de la Administración y del proveedor, a fin de respetar la legalidad y transparencia que deben primar en los contratos que celebren (aplica dictamen N° 14.255, de 2019, de este origen).

En este contexto, cabe manifestar que mediante la resolución exenta N° 229, de 2018, la Dirección General de Movilización Nacional aprobó...

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