Dictamen nº 20809 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 683323021

Dictamen nº 20809 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 2017

N° 20.809 Fecha: 08-VI-2017

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Fernando Ramírez Roa, exonerado político de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado de Valparaíso, reclamando que en su pensión no contributiva por invalidez, desahucio y finiquito no se habrían considerado los desempeños que indica.

Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con acompañar el pertinente expediente previsional, informó que el peticionario no requirió la reliquidación de su desahucio dentro del plazo que la normativa establece para ello, por lo que actualmente no es posible acceder a su petición de revisar ese beneficio.

Sobre el particular, cabe recordar que esta Entidad de Control, mediante sus dictámenes Nos 32.860, de 2011 y 52.577, de 2016, determinó que la pensión no contributiva por invalidez del interesado está correctamente calculada y que aun en el evento de que se incluyera el lapso impositivo a que aquel alude, el monto de su prestación no variaría, ya que igualmente sería inferior al mínimo que percibe; se agregó en esos pronunciamientos que tales lapsos tampoco le permitirían alcanzar la afiliación necesaria para acceder a un beneficio no contributivo por antigüedad.

En el segundo de esos dictámenes se manifestó, en lo relativo al desahucio por el que alega el peticionario, que según lo previsto en el artículo 19 de la ley N° 19.234, el término para impetrar cualquier acción destinada a obtener su revisión se encuentra latamente vencido; y en lo que atañe...

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