Dictamen nº 19798 de Contraloría General de la República, de 7 de Agosto de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 736933541

Dictamen nº 19798 de Contraloría General de la República, de 7 de Agosto de 2018

N° 19.798 Fecha: 07-VIII-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Eduardo González González, reclamando en contra de la decisión de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, en orden a no renovar su vínculo a contrata para el año 2018, en circunstancias que de acuerdo con lo señalado en el dictamen N° 22.766, de 2016, se habría generado en su caso la confianza legítima de que su designación sería prorrogada, debiendo darse a conocer los motivos para adoptar una determinación contraria, lo que no ha ocurrido en la especie.

Requerido su informe, esa dirección expresa que el criterio de la confianza legítima no rige en los casos en que exista un régimen especial de renovación que limite el número de estas, como sucedería con su Directiva Ord. 019/P, de 2015, de acuerdo con la cual el personal en retiro de las Fuerzas Armadas que sea nombrado a contrata debe serlo, en principio, por 3 años y hasta un máximo de 6 años.

En este sentido, puntualiza ese servicio que el señor González González se desempeñó como empleado a contrata por un período mayor a los 6 años, por lo que no ha podido generarse respecto de aquel la confianza en la renovación de su vínculo, al haberse cumplido el límite temporal fijado para ello en la citada directiva, concluyendo que el actuar de esa institución se ajustaría a derecho.

Sobre el particular, es del caso señalar que los artículos , letra b), y , letra b) del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, señalan que los servidores a contrata son los que desempeñan un empleo de carácter transitorio, cuyos nombramientos se realizan para satisfacer necesidades institucionales, los que -conforme a lo señalado en el dictamen N° 14.908, de 2017, de esta procedencia-, no pueden extenderse más allá del 31 de diciembre de cada año.

Al respecto, se debe hacer presente que lo argumentado por esa dirección general no resulta efectivo, pues según lo expresado en el dictamen N° 6.400, de 2018, de este origen -que actualiza las instrucciones y criterios complementarios fijados en el dictamen N° 85.700, de 2016, sobre confianza legítima-, solo se encuentran excluidos de los lineamientos que establece, los funcionarios que estén sometidos a una preceptiva que fije un régimen que limite el número de las contratas, como el ejemplo que contempla, referido a un sistema de contratación de médicos, contenido en una...

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