Dictamen nº 101975 de Contraloría General de la República, de 29 de Diciembre de 2015
N° 101.975 Fecha: 29-XII-2015
El registro y la información de las operaciones efectuadas por las entidades públicas, deberán ajustarse por el presente ejercicio a la normativa y procedimientos contables vigentes, contenidos en la resolución N° 16, de 2015, Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación NICSP-CGR Chile y el oficio circular N° 96.016, de 2015, Manual de Procedimientos Contables para el sector público NICSP-CGR, ambos de este Organismo Contralor.
1.1 Homologación de Cuentas y Saldos
Por tal motivo, al 1 de enero de 2016, las entidades a las que se refiere el primer párrafo de este instructivo, deberán reflejar los saldos de apertura conforme al nuevo plan de cuentas, para lo cual deberán ceñirse a lo instruido en dicho documento.
1.2 Ajustes de Activos y Pasivos
Las instituciones deberán informar a este Órgano Contralor los ajustes a la apertura efectuados en forma mensual, conjuntamente con el envío del Balance de Comprobación y de Saldos del mes, para que estos sean aprobados formalmente por esta Entidad Fiscalizadora. En caso, de no informarse un ajuste a la apertura durante el mes, se asumirá que la entidad no ha regularizado activos y pasivos durante ese período.
a)\tBienes de Uso, excepto para aquellos Activos y Pasivos que se deben reconocer en un plazo mayor y las Propiedades de Inversión
b)\tActivos intangibles
c)\tInversiones en el mercado de capitales
d)\tPréstamos otorgados y pasivos financieros
e)\tExistencias
f)\tProvisiones
g)\tBeneficios a los empleados de corto plazo pendientes de pago y beneficios por término anticipado del vínculo laboral y otros beneficios
h)\tBienes de uso adquiridos mediante contratos de leasing
a)\tInfraestructura Pública
b)\tBienes militares
c)\tPlanes de beneficios definidos y otros beneficios a los empleados a largo plazo
d)\tActivos biológicos
e)\tActivos intangibles generados internamente
f)\tActivos concesionados y sus pasivos asociados
2.-\tDEUDORES Y ACREEDORES PRESUPUESTARIOS
Los traspasos contables que se efectúen como consecuencia de lo señalado precedentemente, se registrarán e informarán en el mes de enero del año 2016 como movimientos financieros de dicho período. En consecuencia, las citadas cuentas deberán quedar saldadas al término de dicho mes.
-
-\tRESULTADOS ACUMULADOS
4.-\tUSO DE CUENTAS QUE INDICA
5.-\tINVARIABILIDAD DE SALDOS INICIALES
Cabe señalar que los saldos varían en función de los hechos económicos ocurridos durante el período contable como resultante de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba