Dictamen nº 186 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239983050

Dictamen nº 186 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 1988

montepiada de carabineros debe devolver las pensiones percibidas entre el 28/12/67 y el 31/12/86, porque en la primera de esas fechas contrajo matrimonio, circunstancia que, conforme dfl 2/68 inter art/125, ocasiono la caducidad del beneficio en forma definitiva e irrevocable. la recurrente no ha podido ganar por prescripcion el montepio que perdio, pues no se dan los supuestos juridicos para que opere ese modo de adquirir, ya que la perdida del beneficio por una causal senalada en la ley, extinguio su derecho, sin que sea posible recuperarlo por motivo alguno, toda vez que...

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