Dictamen nº 181464 de Contraloría General de la República, de 2 de Febrero de 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 896128330

Dictamen nº 181464 de Contraloría General de la República, de 2 de Febrero de 2022

Fecha02 Febrero 2022
Tipo de documentoGenerales

Nº E181464 Fecha: 02-II-2022

  1. Antecedentes

    Carabineros de Chile se ha dirigido a esta Contraloría General informando respecto del crédito 4891/OC - OH “Programa de Fortalecimiento de la Gestión Estratégica de Seguridad Pública en Chile” financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, y solicitando la validación de un procedimiento para el reconocimiento del ingreso, la utilización de los fondos y la compensación de cuentas según la rendición mensual.

  2. Fundamento normativo

    Al respecto, corresponde indicar que las leyes de presupuestos de los años 2021 y 2022, en lo que concierne al programa 01, de la Subsecretaría del Interior, han dispuesto en sus glosas Nos 14 y 13, respectivamente, que las transferencias de los recursos provenientes del mencionado crédito, que se realicen a organismos e instituciones del Sector Público, no se incorporarán a sus presupuestos.

    A su vez, conforme al oficio circular N° 23, de 2021, de la Dirección de Presupuestos -que Instruye respecto del Sistema de Pago Centralizado- la contabilización de los prestamos BID, se ajusta, en general, al procedimiento general de registro contable en cuanto al endeudamiento, utilización de los fondos y pago de los mismos, incorporando solamente el concepto de intermediación de fondos para el registro de las transferencias entre el organismo ejecutor y los respectivos subejecutores de cada Programa.

    Por su parte, el oficio CGR N° 96.016, de 2015, Procedimientos Contables para el Sector Público NICSP – CGR Chile, establece en los procedimientos C-01 y C-03 las contabilizaciones asociadas a la entrega y recepción de fondos que no se incorporan al presupuesto del organismo receptor, mientras que el procedimiento K-02 establece la contabilización de créditos obtenidos desde el extranjero, todos en un contexto previo a la aplicación del Sistema de Pago Centralizado.

  3. Análisis y conclusión

    Sobre la materia, cabe precisar que, para el caso en consulta, el organismo ejecutor del Programa corresponde a la Subsecretaría del Interior, en tanto que, entre los organismos subejecutores se encuentra Carabineros de Chile.

    Adicionalmente, se hace presente que los recursos del mencionado crédito se encuentran depositados en el Banco Central de Chile, en dólares, no recibiendo ni la Subsecretaría del Interior ni Carabineros de Chile los fondos provenientes del citado Programa, ya que los compromisos que ambas entidades adquieran serán pagados por el Tesoro Público de acuerdo con el...

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