Dictamen nº 17589 de Contraloría General de la República, de 12 de Julio de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 734818457

Dictamen nº 17589 de Contraloría General de la República, de 12 de Julio de 2018

N° 17.589 Fecha: 12-VII-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Jéssica Inda Suazo, pensionada por invalidez parcial, reclamando en contra de lo resuelto por la Superintendencia de Seguridad Social, SUSESO, mediante la resolución exenta N° 9.675, de 2017, respecto del rechazo de sus licencias médicas extendidas con ocasión de la relación laboral que mantiene con su capacidad residual de trabajo.

Requerida, la SUSESO manifiesta que la interpretación que efectúa de la normativa legal y reglamentaria, en la situación de quienes perciben una pensión de invalidez parcial y que vuelven a trabajar con su capacidad residual, se ajusta a derecho, pues para tener derecho a subsidio por licencia médica ellos deben demostrar que poseen esa capacidad, lo que, a su juicio, únicamente sucede cuando hay una reincorporación efectiva a las labores, lo que no ocurrió en el caso de la reclamante, pues el primero de los reposos de que se trata fue otorgado sin solución de continuidad luego del término de la licencia médica a partir de la cual se devengó su pensión de invalidez parcial.

Previamente, cabe precisar que este Ente Contralor ha señalado reiteradamente, entre otros, en el dictamen N° 64.755, de 2015, que la autoridad técnica de control de las instituciones de previsión es la SUSESO, por lo que, hallándose las licencias médicas insertas en el ámbito de la seguridad social, las entidades de salud, como lo son las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez, COMPIN, quedan sujetas a las instrucciones, decisiones y resoluciones que aquella adopte sobre el particular, en uso de las atribuciones previstas en su ley orgánica N° 16.395, modificada por la ley N° 20.691.

En razón de ello, a este Organismo Fiscalizador no le corresponde pronunciarse acerca de los aspectos técnicos considerados por la SUSESO para resolver, en el ejercicio de sus facultades, sobre la procedencia o no del rechazo de las indicadas licencias médicas por parte de la COMPIN respectiva.

Sin perjuicio lo anterior y atendido el control amplio de legalidad que le encomienda el artículo 98 de la Constitución Política de la República, esta Contraloría General puede pronunciarse acerca de la sujeción al principio de juridicidad respecto de las decisiones administrativas de las entidades sometidas a su fiscalización, entre las que se encuentra la SUSESO.

Señalado ello, es menester indicar que la letra a) del artículo 2° de su ley orgánica, N° 16.395 preceptúa, en lo que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR