Dictamen nº 174381 de Contraloría General de la República, de 12 de Enero de 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 881616251

Dictamen nº 174381 de Contraloría General de la República, de 12 de Enero de 2022

Fecha12 Enero 2022
Tipo de documentoGenerales

Nº E174381 Fecha: 12-I-2022

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Servicio de Salud Metropolitano Sur, para solicitar un pronunciamiento que determine la oportunidad y la forma en que corresponde dejar de pagar la asignación de responsabilidad establecida en el artículo 34, letra c), de la ley N° 19.664, a los profesionales funcionarios que indica, quienes incurrieron en una circunstancia que origina la pérdida de ese estipendio, toda vez que se les aplicó una medida disciplinaria o bien dejaron de cumplir el requisito previsto para su entero, consistente en dedicar a las funciones que dan lugar a aquel una jornada igual o superior a 22 horas semanales.

Por su parte, se ha tenido a la vista el informe emitido por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, que se refiere a lo consultado.

Al respecto, el artículo 34, inciso primero, letra c), de la ley N° 19.664, dispone que la asignación de responsabilidad corresponderá a los profesionales funcionarios que desempeñen, en calidad de planta o a contrata, funciones de dirección, coordinación, supervisión o mando de servicios clínicos o unidades de apoyo, cualquiera sea la denominación que se dé a estas dependencias en su estructura orgánica aprobada por resolución, siempre que las horas dedicadas a dichas funciones sean iguales o superiores a 22 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes.

Dispone, además, que solo podrán ejercer estas funciones y acceder a esta asignación, los profesionales funcionarios que hayan sido seleccionados en virtud del concurso interno establecido en el artículo 3º de la ley Nº 19.198 y su reglamento.

Por su parte, el señalado artículo 3° de la ley N° 19.198, luego de reiterar la necesidad de hacer el concurso para los fines recién anotados, añade que la asignación se otorgará por un período máximo de cinco años, siempre que los profesionales funcionarios desempeñen efectivamente las funciones de dirección, coordinación, supervisión o mando de Servicios Clínicos o Unidades de Apoyo.

Asimismo, previene que mediante resolución fundada del Director del servicio de salud o el Director del establecimiento, cuando corresponda, se podrá determinar que un profesional deje de desempeñar las funciones que le permitían acceder a la asignación de responsabilidad, antes del referido período máximo de cinco años.

Por su parte, el inciso primero del artículo , del decreto N° 29, de 2015, del Ministerio de Salud -que aprueba el reglamento para el otorgamiento de la...

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