Dictamen nº 16633 de Contraloría General de la República, de 20 de Junio de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 796954489

Dictamen nº 16633 de Contraloría General de la República, de 20 de Junio de 2019

N° 16.633 Fecha: 20-VI-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Leonel Pino Jara, exfuncionario de Carabineros de Chile, para reclamar por la existencia de vicios de legalidad en su proceso de desvinculación de esa entidad policial.

En su informe, el mencionado organismo manifestó, en síntesis, que el cese del recurrente se ajustaría a derecho.

Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 43, letra a), de la ley N° 18.961, dispone, en lo que interesa, que el retiro absoluto del personal de nombramiento institucional -calidad que tenía el peticionario-, procederá por cumplir 30 años efectivos de servicios, pudiendo en forma voluntaria permanecer hasta los 35 años de servicios, previa autorización anual del General Director.

En este sentido, y tal como se informara en el dictamen N° 38.860, de 2007, de este origen, la permanencia voluntaria del personal de Carabineros de Chile hasta los 35 años de servicios, está concebida como una situación excepcional dentro del régimen de cesación de funciones, dado que su procedencia exige la autorización previa y anual del General Director, de modo que para postergar el alejamiento por haber cumplido 30 años de servicios efectivos, no basta con que el empleado manifieste su voluntad en tal sentido, sino que se requiere de la anuencia de la autoridad correspondiente.

Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que, a través de la resolución exenta N° 470, de fecha 8 de noviembre de 2017, la referida autoridad policial rechazó la solicitud del recurrente en orden a extender su carrera funcionaria -la que ya había sido prolongada por dos anualidades, contando a la sazón con 32 años de servicios efectivos-, acto administrativo que fue impugnado por el señor Pino Jara, desestimándose la reconsideración formulada, mediante la resolución exenta N° 14, de 5 de enero de 2018, de la Dirección General.

De la misma documentación examinada, consta que si bien el interesado prestó servicios efectivos hasta el día 5 de enero de 2018, su retiro absoluto se dispuso, a través de la resolución exenta N° 53, de 16 de enero de 2018, de la Prefectura Concepción, a contar del 16 de diciembre de 2017, comenzando a partir de esa última data, a percibir el beneficio regulado en el artículo 75 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, esto es, el sueldo y las remuneraciones de actividad durante 4 meses posteriores...

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